Todas las personas que vivan en España, por más de tres meses, tendrán que inscribirse en el padrón del municipio en el que vivan. Además de ser un trámite relativamente fácil para todo el mundo y gratuito, es muy importante de cara a diferentes procedimientos y beneficios, como solicitar la regularización de ciertos permisos como el de residencia o permiso de trabajos, además de acceder a los servicios municipales o a la educación. También será necesario para obtener documentos administrativos como la seguridad social.
¿Qué es el empadronamiento?
El padrón municipal es el registro administrativo que recoge a todos los habitantes que residen en un municipio. El empadronamiento significa obtener un certificado con el que se confirma que se vive en ese municipio. Además, este procedimiento será necesario para llevar a cabo ciertos trámites, algunos tan importantes como: solicitar regulación o permisos de residencia y trabajo; solicitar la tarjeta de asistencia sanitaria; poder acceder al permiso de conducir; inscribir a los hijos a una escuela; acceder a prestaciones sociales o conseguir los papeles de residencia definitivos.
Además, el empadronamiento deberá pedirse cuando se produzca un cambio de domicilio si se quiere conseguir del municipio en el que se viva, todo depende de si se está interesado o no. Aunque sí o sí hay que estar empadronado en un municipio en España. Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados deberán figurar empadronados en el domicilio de los padres o tutores que tengan su custodia, salvo autorización por escrito de estos para residir en otro domicilio.
En el caso de los recién nacidos, el alta se realiza de oficio en el Ayuntamiento del municipio a través de la información que se facilita en el Registro Civil, inscribiendo al recién nacido en el domicilio en el que figuren empadronados uno o ambos de sus progenitores. También es posible empadronar al recién nacido por petición de los tutores legales.
Pasos a seguir para solicitar el empadronamiento
- Se deberá acudir al Ayuntamiento del municipio o a una oficina habilitada para realizar el trámite. Aunque antes de acudir habrá que asegurarse si es necesario acudir con cita previa, por lo que habrá que informarse en la página web o llamando al Ayuntamiento de dicho municipio.
- Rellenar la hoja de inscripción en el padrón municipal.
- Entregar la hoja de inscripción con la documentación necesaria requerida para llevar a cabo el trámite.
Una vez se esté empadronado se podrá solicitar un volante de empadronamiento. Se trata de un documento informativo en el que se indica la residencia y el domicilio habitual. Los volantes de empadronamiento son necesarios para hacer algunos trámites como renovar el carné de conducir, expedir o renovar el DNI o expedir o renovar el pasaporte.
Por suerte, en muchos Ayuntamientos se puede pedir este documento por vía telefónica, por Internet, por correo ordinario o presencialmente. También se puede pedir a través de una tercera persona con autorización, en el caso de que la persona interesada no pueda pedirlo. Para ello, será necesario mostrar el DNI junto a una carta de autorización firmada por el empadronado, además de una fotocopia del DNI del interesado.
Al estar empadronado algunas veces será necesario pedir un certificado de empadronamiento, un documento con mayor valor a la hora de acreditar que una persona está empadronada en un municipio. Este certificado se podrá necesitar en los siguientes trámites: Organismos judiciales; Organismos militares o autoridades extranjeras; Registro Civil; Declaraciones de herederos; Otros Registros oficiales, Centros penitenciarios, Dirección de Aduanas, INEM, Universidades; Residencia por arraigo o Reconocimiento de situación de dependencia.
La expedición del certificado de empadronamiento solo tendrá una duración de validez de tan solo tres meses. Por lo que si se necesita con posterioridad se tendrá que solicitar un nuevo documento. Además, habrá que informarse sobre si tiene una tasa o no cada vez que se solicite ya que, en algunos Ayuntamientos hay que pagar cada vez que se pide este certificado.
La documentación necesaria para empadronarse
Para llevar a cabo la solicitud de empadronamiento en el Ayuntamiento será necesario rellenar la hoja padronal correctamente junto a los siguientes documentos. En el caso de las personas nacidas en España tendrán que facilitar los siguientes documentos. Los mayores de 14 años deberán presentar el DNI o pasaporte en vigor. La persona que se presente para solicitar el empadronamiento deberá llevar el documento original y una fotocopia del resto de los que también se van a empadronar. En el caso de los menores de 14 años habrá que presentar el libro de familia o certificado de nacimiento original, junto al DNI o pasaporte si ya lo tuvieran.
En el caso de las personas extranjeras, el trámite se complica más, ya que exigen muchos más documentos. Si son ciudadanos de la Unión Europea o estados que estén dentro del acuerdo del Espacio Económico Europeo, necesitarán el Número de Identificación de Extranjero (NIE) y un documento acreditativo de la identidad o pasaporte en vigor.
Y si se trata de personas de estados diferentes a los que se han mencionado anteriormente tendrán que presentar el pasaporte de residencia original y que esté vigente. La tarjeta de extranjero vigente expedida en España tiene preferencia y se debe presentar siempre. Si también se quiere empadronar a menores de edad que hayan nacido en España, hasta los tres meses, habrá que presentar el libro de familia, la tarjeta de residencia o el certificado de nacimiento. Una vez pasados los tres meses se deberán presentar los mismos documentos que los mayores de edad extranjeros. Eso mismo les sucede a los menores extranjeros y no nacidos en España.
Además, la inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años. El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de pedir la solicitud. También se puede dar el caso de que haya personas empadronadas en la vivienda que no residan en la misma, por lo que, para llevar a cabo una nueva inscripción se deberá iniciar un expediente de baja por inscripción indebida a los empadronados anteriormente.