Todo conductor debe realizar este trámite en varias ocasiones a lo largo de su vida. Un papeleo que, para la mayoría de las personas, puede ser un verdadero quebradero de cabeza debido a que los requisitos, los procedimientos, la documentación que hay que aportar a la hora de renovar el permiso de conducir puede generar varias dudas.
Aunque hay que decir a favor de la Dirección de Tráfico es que, en los últimos años, han simplificado algunos de los procedimientos más comunes para agilizar dicha renovación. Para que todo te quede más claro, iremos repasando cada una de las cosas destacables que tendrás que conocer a la hora de ir a hacer este trámite.
Vigencia del permiso de conducir
Aunque parezca una tontería, hay gente que no sabe bien cada cuanto tiene que renovar el carné. Además, la vigencia también depende de si el conductor no ha perdido todos los puntos y mantenga los requisitos que se exigen para recibirlos. También hay que tener en cuenta, de que si el titular del carné padece una enfermedad o discapacidad que se puede ir agravando con el paso del tiempo, la vigencia de su nuevo permiso podría reducirse de forma preventiva.
En el caso de que hablemos del permiso de la clase B, es decir, el de coche. La renovación del carné sería cada 10 años hasta la edad de 65 años, ya que a partir de esa edad tendrá una vigencia de 5 años. Por el contrario, el resto de permisos tienen un período de vigencia distinto. La renovación se hará cada cinco años hasta que el titular del carné cumpla los 65 años, desde ese momento la renovación será cada tres años.
¿Cuándo se puede renovar?
No hace falta esperar hasta el último momento para poder renovar nuestro carné de conducir, ya que podemos renovar el permiso de conducir hasta tres meses antes de que nos caduque. Y no te preocupes, puesto que renovar antes el permiso no supone que perdamos días de vigencia, ya que la nueva fecha de renovación contará a partir de la fecha de vigencia que ya teníamos. Por ejemplo, si mi carné de conducir cada el 19 de julio de 2020 y lo renuevo el 30 de mayo, la nueva fecha de vigencia seguirá siendo el 19 de julio de 2030.
Trámites y documentación
Desde 2009, ya no es necesario pasar los por exámenes de tráfico, tanto en lo teórico como en lo práctico, ya que hoy en día la vigencia caducada se puede renovar sin más trámites que los habituales. En los únicos dos casos en los que no se puede renovar el carné de conducir es si una resolución judicial nos priva del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores o, cuando un juez o administración nos ha suspendido, de forma cautelar o definitiva, el permiso de conducir.
¿Dónde se puede renovar
Depende de dónde renovemos el permiso de conducir, necesitaremos unos u otros documentos. Podemos acudir tanto a un Centro de reconocimiento Médico como a la Jefatura de Tráfico. En el caso de un conductor extranjero, la documentación que se le va a exigir va a ser diferentes. Y en el caso de un ciudadano español que reside en el extranjero también será distinta la documentación exigida.
Centro de Reconocimiento Médico
Para renovar el carné de conducir en un Centro de Reconocimiento Médico nos pedirán en primer lugar que acreditemos nuestra identidad y residencia con el DNI o el pasaporte original y en vigor. En el caso de los ciudadanos comunitarios, les pedirán la autorización de residencia o Documento de identidad de su país o Pasaporte, junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Por otra parte, en el caso de los ciudadanos extranjero no comunitario, se les exigirá la Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios.
Tras aportar todos lo papeles, y después del pago de una tasa de 23,80 euros, nos harán una foto, firmamos la solicitud de renovación del permiso de conducir. Además, nos harán una exploración médica para la remisión telepática a tráfico del Informe de Aptitud Psicofísica.
Jefatura de Tráfico
Si optamos por ir a Tráfico, deberemos acudir igualmente al Centro de Reconocimiento Médico. Hoy en día, aunque no lo parezca, la renovación en la Jefatura de Tráfico está hecha para que nadie la haga. Aunque está claro que es posible renovar el carné de conducir, los documentos que nos exigirán serán más.
En Tráfico nos pedirán una solicitud en impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la Sede Electrónica de la DGT, el pago de la tasa de 23,80 euros, el Informe de Aptitud Psicofísica telepático comunicado al Registro de Conductores por un Centro de Reconocimiento de Conductores. Además de aportar el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor, una fotografía actualizada de 32x26 mm en color y, por último, un tablón-foto que se encuentra en la Jefatura que deberá estar firmado.