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DIFÍCIL SEPARACIÓN

¿Quién se queda a la mascota en caso de divorcio?

¿Quién se queda a la mascota en caso de divorcio?
Alicia Rebollo Sánchez
Última actualización: 7 Noviembre 2019
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Ante un divorcio, muchas son las dudas sobre qué pasará con la mascota de la pareja. Descubre qué sucede con ella y cómo puede afectarle.

España es uno de los países de la Unión Europea con mayor índice de divorcio. De hecho, ocupa el cuarto lugar en este ranking, con más de 160.000 parejas que terminan su relación al año. Teniendo estos porcentajes claros, hay que añadir otro más de interés, y es que en casi la mitad de los hogares españoles (49,3%), hay una mascota. Según esto, hay una alta probabilidad de que si un matrimonio se rompe, haya una mascota de por medio la cual se vea afectada.

Tipos de custodia

Lo más probable es que si una pareja se divorcia, ambas partes deseen quedarse con su mascota, lo que implica ciertos quebraderos de cabeza. Y aunque lo ideal sería que el animal se quedase con aquella persona con la que tenga un vínculo mayor, en la mayoría de los casos esto no es así. Es por ello que, si deseas saber cuáles son las posibilidades que hay a la hora de obtener la custodia del animal y cómo se podría llegar a un acuerdo sobre esta, continúa leyendo este artículo ya que podrás encontrar todas las claves al respecto.

En un divorcio, la mascota es una de las grandes problemáticasEn un divorcio, la mascota es una de las grandes problemáticas

Custodia de común acuerdo

Antes de comenzar a emprender acciones legales, lo primero que deberíamos hacer es intentar llegar a un acuerdo con nuestra expareja sobre quién se queda con la mascota. De esta forma, no solo evitaremos los gastos de un posible juicio, sino que esta experiencia no será tan traumática para el animal. No obstante, si esto es imposible ya que tras el divorcio ambos miembros de la pareja tienen intención de quedarse con la mascota, la única vía que se puede emprender es la legal.

Según esto, lo primero que hay que tener en cuenta es cómo están considerados los animales en el Código Civil. Si nos vamos hasta el artículo 333 de está ley, se podrá leer que las mascotas están consideradas como bienes muebles. Esto quiere decir que no aparecen como seres vivientes con sentimientos, si no que más bien están considerados como si fuesen una casa o un coche. Es por esto que, según el Código Civil, una mascota puede ser reclamada por cualquiera de los miembros de la pareja, o incluso ser compartida por ambos.

Siempre hay que intentar llegar a un acuerdo por el bien de la mascotaSiempre hay que intentar llegar a un acuerdo por el bien de la mascota

Sin embargo, habrá que tener algo muy presente y es que, si uno de los miembros de la pareja era ya el propietario de esa mascota antes del matrimonio, la otra parte de la pareja no tendrá ningún tipo de derecho sobre el animal tras el divorcio o la separación. Lo que querrá decir que, a pesar de que el animal pudiese tener más afinidad con la otra parte, este legalmente pertenece a su propietario independientemente de los vínculos emocionales que tuviese con la otra parte.

Custodia compartida

Existe la posibilidad de que se adquiera la custodia compartida de la mascota. En esta modalidad tendrá que quedar establecido el régimen de visitas de la mascota y cómo se cuidará de ella a partir de ahora. Quizás esta opción pueda ser la ideal para la expareja, sin embargo, para el animal puede no serla tanto, especialmente si la mascota es un gato, ya que estos son muy territoriales y que tengan que desplazarse de casa en casa puede causarle mucho estrés a la mascota.

Lo ideal si se opta por esta opción sería que la persona que tenga más tiempo para cuidar del animal fuese quien se lo quedase regularmente, mientras que la otra parte podría quedárselo los fines de semanas o durante las vacaciones.

Si no hay ningún acuerdo entre la pareja, se optará por custodia únicaSi no hay ningún acuerdo entre la pareja, se optará por custodia única

Custodia única

En el caso de que no se pueda llegar a ningún tipo de acuerdo de régimen de visita, ya sea porque el divorcio haya acabado mal o porque ambas partes se nieguen a compartir a su mascota, la única opción que queda es la custodia única.

En este caso se tendría que proceder a un juicio donde ya sería la ley la que dictaminase quién es la persona que mejor se encargaría de cuidar la mascota. El miembro de la pareja que resultase ganador del animal tendría que indemnizar a su expareja por la perdida de la custodia y disfrute del animal.

Sin embargo, hay que tener una cosa en cuenta en este caso, y es que si el matrimonio se produjo en sociedad de separación de bienes, en este caso la custodia de la mascota sería para aquel que la compró o adoptó, incluso si esto se produjo durante el matrimonio. Para esto, esa persona tendrá que demostrar que fue ella quien adquirió a ese animal, mediante la acreditación de documentos en donde se demuestre que la mascota está a su nombre: recibos de la adopción del animal, su documento de identificación o cualquier otro documento que pueda demostrar que ese perro o gato es suyo.

La separación entre los niños de la casa y las mascotas puede ser traumáticaLa separación entre los niños de la casa y las mascotas puede ser traumática

Aspectos a tener en cuenta

  • Niños en la pareja: En el caso de que el matrimonio que se divorcia tenga hijos, la situación ideal sería que aquella parte de la pareja que se quedase con los niños fuese quien tuviese a la mascota, ya que normalmente los lazos que crean los niños con los animales suelen ser muy fuertes, y el hecho de que estos se separen de su mascota puede producirles mucho dolor. De hecho, la jurisprudencia recomienda no separar a los niños de su mascota en caso de divorcio o separación de los progenitores.
  • Casos de abandono o maltrato: Tristemente, es posible que ante una separación o divorcio, el miembro de la pareja que se quede con el animal lo abandone o lo maltrate como un acto de venganza hacia la otra parte de la pareja. Si el otro miembro de la pareja lo sabe, debe denunciarlo inmediatamente, ya que la Ley 1| 1990 del 1 de febrero de Protección de los Animales Domésticos, sanciona este tipo de comportamientos quitando la custodia del animal e imponiendo una sanción económica. No obstante, para que esta denuncia prospere será necesario que la denuncia no sea anónima y que se sepa a quién hay que sancionar. Para esto será necesario la presencia de testigos o pruebas que puedan demostrar que ha habido ese maltrato a la mascota.
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